jueves, 12 de junio de 2014

Radares Móviles: Seguridad o recaudación??

Hoy opinare si los radares móviles,camuflados,trípodes...
resumiendo radares que se esconden o radares sin señalizar son realmente para nuestra seguridad?? o simplemente es un afan recaudatorio.

Intentare ser lo mas claro y breve posible,os pondré unos ejemplos y vosotros sacáis vuestras conclusiones:

Para este ejemplo nos dirigimos a la recta que atraviesa el núcleo de  Belorado que esta limitada a 50km/h y por ella cruzan peatones de una acera a la otra.

En este caso para velar por la seguridad de los peatones han colocado un radar movil sin señalizar su existencia a los conductores dentro de un turismo,en este caso el Toyota avensis gris.


Como es para nuestra seguridad los vehiculos deverian circular a 50 km/h por toda la travesia y asi los peatones puedan gozar de mas seguridad,
pero... la gran mayoria de los conductores no saben que ese vehiculo es un radar movil y circulan en algunos casos superando los 50 km/h creando peligro al peaton.

La multa les llega a su casa pero después de haber circulado creando peligro o despues de haber atropellado a un peatón.
Posiblemente el sancionado tenga mas cuidado la próxima vez pero no es el unico,hay mas conductores.
No es un metodo fiable de seguridad

SOLUCIÓN: 

Si en esta travesía señalas en ambas entradas la existencia del radar movil o instalas un radar fijo los conductores son alertados de su presencia antes de llegar y extreman la precaución.
Te aseguras de que van a circular a 50 km/h por la travesia y garantizas la seguridad de los peatones. 

Aqui os mostramos un clarisimo ejemplo:

Regresamos a Burgos en este caso a la calle Santa Barbara.


Tras varios atropellos a peatones en esta calle el ayuntamiento decidió colocar dos radares fijos para garantizar la seguridad de los peatones.

Los conductores al conocer su existencia circulan a 50 o incluso algunos a menos de 50 km/ para evitar ser sancionados.

Esto si es seguridad señoras y señores !!

Si tu quitas estos dos radares fijos y colocas un radar movil aparcado como un coche mas.... La cosa cambia no?

Quitas seguridad porque los conductores desconocen su existencia pero garantizas recaudación.

Este ejemplo tambien es aplicable a carreteras nacionales o autovias.

Es mi opinión y creo que tiene su lógica.

Opinad vosotros mismos

  


martes, 10 de junio de 2014

Fomento advierte de multas de hasta 6.000 euros por compartir coche sin licencia.

-Las multas a usuarios de coches compartidos pueden llegar a 600 euros.     -La sanción para quienes promuevan, oferten o presten estos servicios sin tener dicha licencia administrativa puede oscilar entre 4.001 y 6.000 euros.            -Aumentaría hasta los 18.000 euros en caso de reiteración. 


El Ministerio de Fomento ha advertido a los usuarios de servicios de coches compartidos que no cuentan con la correspondiente autorización de transporte para operar que incurren en una "infracción muy grave" que puede conllevar multas de entre 401 y 600 euros. La sanción para las empresas o personas que promuevan, oferten o presten estos servicios sin tener dicha licencia administrativa puede oscilar entre 4.001 y 6.000 euros, importes que aumentarían hasta los 18.000 euros en caso de reiteración. Las multas a usuarios de coches compartidos sin licencia pueden llegar a 600 euros En un comunicado, el Departamento que dirige Ana Pastor indica que estas multas están fijadas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Este texto establece que las personas y las empresas que realicen transportes de viajero por cuenta ajena en vehículos de turismo mediante retribución económica tienen que estar autorizados para ello por la Administración. Así, Fomento indica que los Servicios de Inspección del Transporte Terrestre velarán por el cumplimiento de esta legislación "ante la aparición de anuncios en los medios y redes de comunicación en los que distintas empresas hacen pública su intención de lanzar plataformas de contratación de servicios de transporte de viajeros en vehículos de turismo particulares". Según recuerda el Ministerio, dicha autorización de transporte tiene como fin "asegurar que el servicio que reciben los usuarios reúne las adecuadas condiciones de seguridad y calidad". "Circunstancias que no son posibles de presumir cuando el prestador del servicio no ha acreditado ante la Administración que cumple con los requisitos legales y reglamentariamente exigidos para obtenerla", según subraya Fomento. Así, Fomento asegura que, en coordinación con las comunidades autónomas, en cuanto tiene conocimiento de la prestación de servicios que pudieran no adecuarse al marco regulatorio vigente, "realiza todas las actuaciones de inspección y control precisas y establece, en su caso, las sanciones que corresponden cuando existan conductas contrarias a la mencionada legislación". Además, Fomento asegura que ha trasladado a las inspecciones de otros Departamentos (como Empleo o Agencia Tributaria) los posibles incumplimientos que afecten a sus respectivas competencias "para asegurar el pleno cumplimiento de toda la legislación vigente".

La respuesta de Blablacar 

Compartir Gastos es Legal


BlaBlaCar es una red social que conecta personas particulares que permite compartir los gastos de un viaje en coche. No se trata de una retribución económica, sino de la compartición de los gastos asociados a ese trayecto en común.

Por lo tanto ni BlaBlaCar ni los usuarios de BlaBlaCar, que solo comparten los gastos del viaje, se dedican al transporte de viajeros por cuenta ajena.

Tal y como el Ministerio de Fomento ha comunicado esta mañana, “los gastos compartidos no cuentan como "retribución" por usar el coche de otras personas”. El Departamento de Ana Pastor aclara que el Ministerio no busca perseguir a quienes comparten gasto sin ánimo de lucro.

En BlaBlaCar no hay ánimo de lucro y puedes encontrar aquí cómo se calcula el precio para la compartición de gastos. Cuando se publica un viaje en la web, BlaBlaCar recomienda un precio por cada trayecto, calculado para que los conductores no obtengan ganancias, de acuerdo con la legislación.

Al igual que compartir coche con amigos, es una actividad privada y legal siempre que el principio sea el de compartir los gastos.

 


Fuente: http://www.blablacar.es




jueves, 8 de mayo de 2014

Las 10 nuevas normas de circulación que hay que tener en cuenta desde este viernes 9 de Mayo



Via: Tribunasalamanca.com


SEGURIDAD VIAL

Este día 9 de mayo entran en vigor algunos artículos de la nueva Ley de Tráfico, como la obligatoriedad del casco en bici para los menores de 16 años en ciudad, fuertes multas por usar detector de radar o que te inmovilicen el coche si llevas un menor sin sillita.

08.05.2014

Este día 9 de mayo entran en vigor la primera batería de cambios que trae la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial, que se completarán probablemetne a partir de junio con el nuevo reglamento. Dos momentos que van a traer importantes modificaciones para las normas de circulación y con las que la DGT intenta adaptar la norma a la realidad del tráfico y, también, poner coto a algunas de las situaciones que generan más víctimas. Estas son algunas de las normas que van a cambiar.

 

El casco, obligatorio para los ciclistas menores de 16 años en ciudad. Es una de las medidas más controvertidas, porque los colectivos ciclistas se han opuesto de manera frontal: consideran que implantar el casco desincentiva el uso de la bicicleta. Sin embargo, los estudios ponen de manifiesto que es fundamental como elemento de seguridad. A partir de ahora, será obligatorio para los menores de 16 en ciudad y lo sigue siendo para todos en carretera. Por otro lado, los ciclistas podrán circular legalmente por debajo de la mitad de la velocidad mínima de una vía.

 

Multas más duras contra el alcohol y las drogas. Estos dos factores están detrás de cerca de la mitad de los muertos en carretera y la DGT se ha propuesto aplicar mano dura aumentando las multas. El cambio también suscitó debate, pero finalmente la multa por conducir con el doble de la tasa de alcohol permitida pasa de 500 a 1.000 euros; los reincidentes también ven aumentar la multa a los mil euros. Y lo mismo pagarán (y seis puntos de carné) los que conduzcan con droga en el organismo. Además, se establece de manera genérica el control de saliva para detectar drogas por ser el sistema más fiable y menos intrusivo.

 

Controles para los peatones. La idea la lanzó el ministro del Interior Jorge Fernández Díaz y se ha adoptado para el texto. Los controles de alcohol y drogas serán obligatorios para todos los usuarios de la vía que hayan cometido una infracción grave o estén envueltos en un accidente (esta parte ya se contemplaba). Así que los peatones pueden verse requeridos para las pruebas, y ser multados llegado el caso.

 

Coto a los detectores de radares. Su uso estaba en un limbo que ahora se aclara. Usar un detector, 200 euros de multa y 3 puntos. Y llevar montado un inhibidor, que elimina la frecuencia del radar, 6.000 euros de multa. Solo se permiten los avisadores, que informan con un aviso acústico sobre la situación habitual de radares.

 

Sistemas de seguridad infantil. Uno de los aspectos en los que más se ha trabajado merced al aumento de víctimas infantiles. A partir de ahora, no se permitirá llevar menores en los asientos delanteros, se establece la talla de 135 cm para hacerlo y, especialmente, se multará por no llevar sillitas: te pueden inmovilizar el coche si llevas un menor sin el dispositivo de retención.

 

Alegaciones y notificaciones. La nueva norma aumenta de 15 a 20 días el plazo para presentar alegaciones por una multa, y también el plazo para abonar el 50% de la misma. Además, se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

 

El conductor, responsable en atropellos de animales. Hasta ahora, en el caso de un atropello de especie cinegética, el conductor solo era responsable si había cometido infracción, pero a partir de ahora la cosa cambia. A partir de ahora, el conductor será responsable del atropello salvo que sea de una especie de caza mayor y se haya producido en un día de montería; o se demuestre que el coto no estaba vayado, en cuyo caso el responsable será la Administración. Esto significa que, en caso de atropellar una especie cinegética, los daños del vehículo o personales los paga el conductor. Una situación complicada en Castilla y León, especialmente en provincias como Zamora, Soria o León, con gran cantidad de accidentes con especies de caza.

 

Nueva tabla de velocidades y sanciones. Este aspecto de los cambios tendrá que esperar al desarrollo de la normativa, pero no irá mucho más allá de junio. Incluye la posibilidad de establecer límites de 20 km/h en zonas urbanas, de 90 km/h en carreteras nacionales y de hasta 130 km/ en condiciones favorables y tramos seguros en autovías y autopistas. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido. Y la tabla de multas por saltarse estos límites: de 100 a 600 euros.

 

Control a los vehículos extranjeros. A partir de ahora, los extranjeros que residan en España tendrán que inscribir los vehículos con los que circulen en nuestro país; no ha sido obligatorio, lo que dificultaba su indentificación en caso de infracciones y sanciones.

 

Restricciones a la circulación. La nueva ley recoge expresamente la posibilidad de que las autoridades restrinjan la circulación de vehículos a motor en episodios de alta contaminación, frecuentes en grandes ciudades. Este cambio están vinculado a la ley de calidad del aire del Magrama, que incluye el establecimiento de zonas en los cascos urbanos donde solo se podrá acceder con vehículos poco contaminantes y que prevé la retirada de circulación de los más veteranos y que más emisiones producen.

miércoles, 16 de abril de 2014

Grupos Burgos y Merindades (como entrar)

Estos grupos son públicos y de capacidad ilimitada,también tienen mas privacidad ya que no se muestra tu numero de movil.
Se encuentran en la app [Spotbros] tienen que descargarla buscándola en su tienda de aplicaciones o en estos enlaces:



ANDROID:

IPHONE:

(1)- UNA VEZ DECARGADA Y ABIERTA LA APLICACIÓN 
Tienen que introducir un correo electronico y contraseña o podeis acceder con facebook.
Sencillo no?

(2)- UTILIZA EL ICONO DE LA LUPA PARA BUSCAR LOS GRUPOS DESEADOS:

- Burgos Controles Y Radares
- Merindades Controles Y Radares

Os pondre un ejemplo para buscar el de Merindades:

 

Pinchais en el grupo (paso 3) y entráis.


Ya estas dentro del grupo de Merindades Controles y radares!!!

(3)- PARA ACEDER AL GRUPO - BURGOS CONTROLES Y RADARES:

Seguir los pasos anteriores y en la opción buscar introduce:

Burgos Controles Y Radares o con Burgos Controles sera suficiente.

(4)- NOTIFICACIONES DEL GRUPO

Por defecto las alertas del grupo vienen desactivadas,para activarlas entra al chat del grupo y arriba a la derecha junto al icono de la nube estan los ajustes del grupo:

ANDROID:


IPHONE:


(5)- Respuestas mas organizadas,grupo preparado para grandes numeros de personas,como contestar dentro del mismo mensaje:


Otro ejemplo:


(6) Todas las fotos y videos se almacenaran en la nube del grupo (por un máximo de 30 dias de antigüedad) para que acedáis a ellas cuando queráis:


(7) PUNTUACIÓN: Los usuarios nuevos entran con 5 puntos de puntuación segun aporten contenido la gente le ira puntuando positivamente o negativamente,un usuario con menos de 5 seria un usuario que es problematico o a tener vigilado:


(8)- IMPORTANTE: Cuando entréis al grupo no saludéis,no es necesario.
Y las normas son las siguientes:

Bienvenidos a controles y radares Burgos @cyrburgos. Avisad para ser avisados. Queda prohibido cualquier tipo de falta de respeto. No preguntar sobre posibles controles, si no hay aviso es porque se supone que nadie de este grupo ha visto algo. Para contestar hacedlo siempre dentro del mensaje y solamente con temática referida a controles y radares. La administración de este spot no se hace responsable de las fotografías adjuntadas por los usuarios del mismo. Queda totalmente prohibido aportar imágenes de funcionarios, policía foral, ertzainas, guardias civiles, en definitiva de cualquier cargo policial en las que se pueda identificar sus caras. Tampoco se hará resposable la administración de posibles acciones judiciales por incumplimiento de lo redactado anteriormente. Un saludo. (Los administradores del spot).

Espero que os sirva de mucha ayuda este tutorial.

Los grupos son de capacidad ilimitada asique no olvides recomendarlo porque cabemos todos.

Saludos chicos!!




 

sábado, 12 de abril de 2014

Novedades de la nueva Ley de Tráfico



 El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La ley entrará en vigor un mes y un día después desde su publicación en elBoletín Oficial del Estado (BOE), aunque algunas de las reformas previstas deberán ser concretadas por el futuro Reglamento General de Circulación, cuya aprobación está prevista para junio. Estas son las principales modificaciones que afectarán a su vida diaria en las carreteras:

1. El casco ciclista será obligatorio en ciudad para los menores de 16 años.Después de una larga polémica, el Partido Popular ha dado marcha atrás a su intención de imponer por ley el casco ciclista en ciudad. Solo será obligatorio para los menores de 16 años. No llevarlo supondrá una multa de 200 euros, que deberán pagar los tutores legales del menor.

2. Los niños no podrán ir en los asientos delanteros: El nuevo texto prepara el terreno a los cambios previstos en el nuevo Reglamento General de Circulación. Aunque no prohíbe expresamente que los menores viajen en el puesto del copiloto, establece que “se podrá prohibir la ocupación de los asientos delanteros y traseros por los menores en función de su edad o talla”. En la práctica, una vez aprobado el nuevo código de circulación, no podrán viajar en los asientos delanteros los menores que midan menos de 1,35 metros, siempre y cuando todos los asientos traseros no estén ocupados por otros menores que tampoco llegan a esta estatura o que el vehículo carezca de asientos traseros. Hasta ahora, los menores de 12 años pueden viajar en el asiento delanteros si lo hacen con el sistema de retención infantil adecuado.

En el caso de incumplir la norma, las autoridades podrán inmovilizar el vehículo e imponer una sanción de 200 euros. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad del tutor del menor y no del taxista.

3. Multa más alta para el consumo de alcohol. Aumenta de 500 a mil euros la sanción por conducir con una tasa el doble de lo permitida, es decir, a partir de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o de 0,30 para conductores noveles y profesionales. También se duplica la multa a quienes en el plazo de un año previo hubieran dado positivo por alcohol.

4. Sanción a la presencia de drogas en el organismo. La nueva ley suprime la necesidad de demostrar la influencia de las drogas en la conducción, como establece hasta ahora la norma, para poder sancionar por la vía administrativa. Bastará con que una prueba salival, que solo detecta el consumo reciente, demuestre la presencia de drogas en el organismo para imponer una multa, que también asciende de 500 a mil euros. Quedan excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, como la metadona.

5. Pruebas de alcohol y drogas para peatones. Los viandantes estarán obligados a someterse a un control de drogas y alcohol si cometen una infracción. Hasta el momento, solo es obligatorio si se ven involucrados en un accidente. Los peatones son, con 370 muertos, el segundo colectivo que registra más fallecidos por accidente de tráfico, solo por detrás de los ocupantes de vehículos de cuatro ruedas.

6. Nuevas velocidades máximas y mínimas. El límite máximo en autopista y autovía sigue siendo de 120 kilómetros por hora. Sin embargo, la reforma de la ley de seguridad vial contempla la posibilidad de aumentar la velocidad a 130 kilómetros por hora al incluir un cuadro de velocidades con las sanciones correspondientes a quienes excedan ese límite. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido.

Los límites de velocidad a partir de los cuales se sanciona a quien exceda la velocidad de 130 por hora serán los mismos que los establecidos para el límite de 120. Por ejemplo, tanto en una carretera limitada a 120 como en una limitada a 130, la primera franja de sanción, que supone una multa de 100 euros y no detrae puntos, se establece en el límite máximo de 150 kilómetros por hora. Sin embargo, la ley no puede modificar el límite a partir del cual el exceso es delito. Según el Código Penal, hay delito en vía interurbana cuando se circula a 80 kilómetros por hora por encima del límite permitido. Es decir, en una carretera limitada a 130, será delito circular a 210 por hora.

La ley incorpora también una nueva franja de 20 kilómetros por hora, prevista para algunas calles con un solo carril. Hasta ahora, no existían sanciones para quienes excedieran los 21 kilómetros por hora.

7. Las bicicletas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida. La reforma está pensada para solucionar ciertos problemas de los ciclistas en zonas urbanas. Hasta ahora, los vehículos no pueden circular a una velocidad por debajo del 50% del límite máximo establecido, lo cual crea problemas a los ciclistas en calles como la Cuesta de la Vega en Madrid, donde, por su inclinación, es muy difícil circular a más de 25 kilómetros por hora. No obstante, sigue estando prohibido que los ciclistas circulen por autopistas.

8. Solo serán legales los avisadores de radar: ni detectores ni inhibidores. La nueva ley prohíbe expresamente la utilización de detectores de radar e impone a quien la incumpla una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena mucho más severa: 6.000 euros de multa y la detracción de seis puntos. Solo serán legales los avisadores de radar, que ofrecen información sobre la ubicación de los cinemómetros en función de bases de datos. Los conductores deberán prestar atención a los navegadores que poseen, ya que muchos incluyen una función de detectores de radar. Bastará con desactivar esta función.

9. Obligatoriedad de matricular en España los vehículos de extranjeros residentes. Hasta ahora, los extranjeros residentes solo deben cumplir las obligaciones tributarias fijadas en la Ley de Impuestos Especiales, pero no es preceptivo que matriculen su coche en España, lo que en la práctica dificulta que sean sancionados o sometidos a controles. La concreción de este artículo se hará en el reglamento.

10. Obras en la vía. Será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.

11. Caída de carga en la vía. Este supuesto, que no estaba expresamente contemplado en la normativa, será sancionado como infracción grave por “el peligro que genera al resto de usuarios de la vía”.

12. Control en autoescuelas y centros de reconocimiento. Impedir las labores de control en centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores será infracción, ante los casos detectados en los que se impide el acceso de miembros de la Consejería de Salud o de la Dirección General de Tráfico.

13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

14. El conductor será el responsable si atropella a un animal de caza. Hasta ahora, en los accidentes ocasionados por el atropello de especies cinegéticas, el conductor solo era responsable si había incumplido las normas de circulación. La nueva ley establece que el automovilista será siempre el responsable, a no ser que el siniestro sea consecuencia de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor –animales salvajes mayores que un zorro- llevada a cabo en el mismo día de la cacería o en las 12 horas posteriores a que concluya. Será culpable la Administración solo si “no ha reparado la valla de cerramiento en plazo” o “por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”. En la práctica, los conductores que sufran un accidente en alguno de los casi 25.000 cotos de caza que hay en España no recibirán ninguna indemnización si mueren o resultan heridos graves. Y si tienen un seguro a terceros, también tendrán que hacerse cargo de los desperfectos en su coche.

15. Se aumenta de 15 a 20 días naturales el plazo para pagar multas con descuento del 50% y para hacer las alegaciones pertinentes.

16. Restricciones a vehículos por motivos medioambientales. Se recoge expresamente la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario.

17. Nuevas causas de inmovilización de vehículos: Además de llevar menores sin un dispositivo de retención adecuado, será causa de inmovilización conducir sin autorización vehículos para los que se exige el permiso C (cuando la masa máxima autorizada exceda de 3500 kilos y no sobrepase los 7.500) o D (autocares).

18. Prohibición de traslado de vehículos inseguros a otros países. Se prohíbe dar de baja definitiva por traslado a otro país vehículos que no cumplen con los requisitos de seguridad y medioambientales reglamentariamente establecidos. Este artículo procede de la aplicación del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 de la ONU, que insta a desalentar las importaciones y exportaciones de vehículos nuevos o usados que no son lo suficientemente seguros. Cada año, mueren en el mundo por accidente de tráfico 1.300.000 personas.

19. Prioridad para las grúas de auxilio en carretera. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio tendrán prioridad de paso y recibirán el tratamiento de vehículos de urgencias. Podrán pararse o estacionarse en vías urbanas durante el tiempo indispensable para retirar vehículos, siempre que no se cree un nuevo peligro ni se cause obstáculo a la circulación.

20. Menos restricciones en la conducción a los enfermos de cáncer. La ley prevé la posibilidad de que el reglamento general de conductores, que Tráfico también pretende reformar en esta legislatura, revise las limitaciones impuestas a la conducción a los enfermos de cáncer. Las personas que padecen esta enfermedad pueden conducir en muy pocos casos, siempre que su médico, que tiene la posibilidad de hacerlo pero no la obligación, lo remita a la Dirección General de Tráfico. Debido a los avances médicos y farmacológicos, el futuro reglamento de conductores aumentará los casos en los que los enfermos de cáncer sí pueden conducir.

Fuente: dgt

Semáforos Espía de Burgos A fondo.


SEMAFOROS ESPIA DE BURGOS A FONDO

¿Cuantos semáforos espía hay en Burgos?

En la ciudad de burgos disponemos de (6 semáforos espía),les ordenare del que mas multas pone continuando en orden descendente.

1-Calle Vitoria con el cruce de San Roque. 867 multas (30%)

2-Avenida Arlanzon (altura plaza del rey) 665 multas (23%)

3-Avenida Cantabria con Avenida de la Paz 432 multas (15%)

4-Calle Vitoria con Chopera 371 multas (12%)

5-Avenida del Cid con calle Francisco Sarmiento 300 multas (10,4%)

6- Avenida Cantabria con Eloy Garcia de Quevedo 247 multas (8,5%)

Estos datos han sido tomados en los dos últimos años desde su puesta en marcha en octubre de 2011 tras meses de pruebas.Datos estraidos de : http://www.diariodeburgos.es

La inversión fue de 150.000€

¿Como funcionan?

Estos semáforos están acompañados de un poste con una cámara que esta situado poco antes del semáforo,esta cámara graba a los coches que pasan por el semáforo a la vez que enfoca el temporizador de tiempo del semáforo y los discos.
Por lo tanto si se pone en rojo y lo sobrepasas en la multa saldrá tu vehículo sobrepasando el semáforo acompañado de la luz roja del mismo.

¿Funcionan de noche?

(SI),En los primeros meses de debut solo funcionaban de día,por la noche las fotos no eran de calidad,el ayuntamiento soluciono el problema cambiando las farolas cercanas al semáforo por unas de mas potencia.

¿Cuanto es la multa por saltarme el semaforo?

Esta considerada como MUY GRAVE con la perdida de 4 PUNTOS Del carnet y 200€ de multa.
Recibirás en tu domicilio la multa junto con la instantánea y una contraseña que ingresando en la pagina ( http://www.aytoburgos.es/ ) podras ver el resto de fotografías y comprobar que realmente te saltastes el semáforo en rojo.

¿Aunque este en verde,pasa algo si le sobrepaso a mas de 50 km/h?

No están preparados para esa función ya que solo disponen de una cámara,en un futuro no me extrañaría que les complementen con radar.

¿Si les sobrepaso en ámbar me multan?

(NO) Solo multan si pasas en rojo.
Recomendamos que si te acercas al semáforo y este se pone en ámbar que frenes,no te la juegues acelerando para pasarle a tiempo.


Pegasus : el radar aéreo



Cómo funciona el Pegasus

Recibir Notificaciones de Twitter en tu movil

Para recivir las notificaciones en tu movil  android.


Para recivir las notificaciones de twitter en Iphone/Ipad


Hablamos del famoso radar Qashqai blanco en Aranda

Posibles nuevos radares camuflados.

Se trata de unos sensores instalados en la calzada –ocultos bajo el asfalto- se activan con el peso del coche en dos puntos distintos, con lo que determinan a qué velocidad ha pasado el vehículo.

La D.G.T lo utiliza para analizar nuestras carreteras y así poder llevar un control del trafico que circula por ellas y poder informar en los pórticos,pagina web o en los medios de comunicación si hay incidencias,retenciones,trafico lento...

También se utiliza próximo a semáforos que están a la entrada de poblaciones,para que si circulas a mas de 50km/h se ponga el disco en rojo y frenes y asi evitar circular a una velocidad excesiva por el núcleo urbano.

También pueden ser utilizados como radar oculto,si sobrepasas la velocidad permitida el sensor lo detecta y unos metros mas adelante tiene situado la cámara para fotografiar al vehículo infractor.
Todavía no esta del todo confirmado si este método se implantara,de momento podrían estar en pruebas por fallas en la detección exacta de la velocidad,pero yo no descarto que en un futuro lo pongan en funcionamiento.

Radares móviles vistos en Burgos


Aquí traigo una recopilación de los radares móviles que nuestros seguidores se han encontrado en la provincia de burgos.
El objetivo es que conozcáis los modelos y las ubicaciones,con el tiempo iré subiendo mas fotos.






Aniversario cuenta Burgos Radar

Aquí traemos todas las fotos del aniversario de la cuenta Burgos Radar en Sala Bonache C/Conde don Sancho 1 BURGOS